Condiciones Generales de Viaje
para viajes combinados y servicios de viaje individuales
Versión del 31 de agosto de 2026
La reserva de uno o varios servicios de viaje ofrecidos por MIRA KODA UG (haftungsbeschränkt), sociedad emprendedora de responsabilidad limitada de derecho alemán (en adelante MIRA KODA), en nombre propio y en calidad de organizador de viajes, se realiza sobre la base de las siguientes Condiciones Generales de Viaje. Estas condiciones se aplican a los siguientes tipos de contrato.
- ✦ Contratos de viaje combinado, que incluyen también combinaciones de vuelo, alojamiento, traslado, experiencias e itinerarios diseñados de forma individual ("Travel Architecture")
- ✦ Contratos sobre servicios de viaje individuales
Se consideran servicios de viaje individuales los siguientes.
- ✦ Contratos sobre servicios de alojamiento puros en hoteles, resorts boutique, villas privadas y casas de vacaciones (en particular la modalidad "solo hotel")
- ✦ Contratos sobre servicios de transporte puros, en particular vuelos, traslados, chárter privado o vuelos en helicóptero sin ningún otro servicio de viaje
- ✦ Contratos sobre otros servicios de viaje individuales, en particular entradas, excursiones de experiencia, reservas de spa, reservas de restaurante y servicios individuales comparables
Las cláusulas siguientes se aplican exclusivamente a los viajes combinados y no a los servicios de viaje individuales.
- ✦ 2.1 Garantía frente a la insolvencia
- ✦ 4.2 a) Desistimiento antes del inicio del viaje y gastos de cancelación
- ✦ 4.7 Cesión del contrato a otra persona
- ✦ 14. Normativa sobre pasaportes, visados y sanidad
En cada caso se indica en el punto correspondiente si una cláusula concreta resulta aplicable a los viajes combinados y/o a los servicios de viaje individuales.
1. Celebración del contrato
1.1 Disposiciones generales
Lo siguiente se aplica a todas las vías de reserva (por ejemplo directamente con MIRA KODA, por teléfono, por escrito, por correo electrónico o mediante el formulario de reserva en línea de mirakoda.com).
a) La oferta se basa en la descripción individual del viaje y en la información complementaria facilitada por MIRA KODA sobre el servicio o los servicios de viaje correspondientes, siempre que el Cliente disponga de ellas en el momento de la reserva.
b) El Cliente responde de todas las obligaciones contractuales de los acompañantes para los que realiza la reserva igual que de las propias, siempre que haya asumido esta obligación mediante declaración expresa y separada.
c) Si el contenido de la confirmación de reserva de MIRA KODA difiere del contenido de la reserva, se trata de una nueva oferta de MIRA KODA. El contrato se celebra sobre la base de esta nueva oferta siempre que MIRA KODA haya advertido de la modificación, haya cumplido sus deberes de información precontractual y el Cliente declare la aceptación a MIRA KODA dentro del plazo de vinculación mediante declaración expresa o mediante el pago de la señal.
d) La información precontractual facilitada por MIRA KODA sobre las características esenciales de los servicios de viaje, el precio del viaje y todos los costes adicionales, las modalidades de pago y las penalizaciones de cancelación solo deja de formar parte del contrato cuando así se haya acordado expresamente entre las partes.
e) Si el Cliente facilita a MIRA KODA, en el marco de la reserva, datos de contacto de emergencia, es decir el nombre y los datos de contacto de una persona designada por los viajeros y destinados a su comunicación a la compañía aérea operadora, el Cliente garantiza estar facultado para comunicar dichos datos y haber informado a la persona designada sobre la transmisión a la compañía aérea. El Cliente mantendrá indemne a MIRA KODA frente a las reclamaciones de la persona designada que se basen en una comunicación no autorizada, salvo que el Cliente no tenga culpa alguna al respecto. El punto 16.6 regula los detalles del tratamiento de estos datos por MIRA KODA conforme a la normativa de protección de datos.
1.2 Reserva por teléfono, correo electrónico o por escrito
a) Con la reserva (inscripción al viaje), el Cliente ofrece a MIRA KODA de forma vinculante la celebración del contrato.
b) El contrato se perfecciona con la recepción de la confirmación de reserva (declaración de aceptación) de MIRA KODA. En el momento de la celebración del contrato o inmediatamente después, MIRA KODA remitirá al Cliente una confirmación de reserva en soporte duradero conforme a los requisitos legales.
c) Las promesas verbales, los acuerdos telefónicos o la comunicación a través de servicios de mensajería (por ejemplo WhatsApp) no son vinculantes y solo adquieren eficacia jurídica mediante confirmación escrita por correo electrónico de MIRA KODA.
1.3 Reserva por vía electrónica (en línea)
a) El procedimiento de reserva en línea se explica al Cliente en la sección correspondiente del sitio web mirakoda.com.
b) El Cliente dispone de una opción adecuada para corregir sus datos, borrarlos o restablecer la totalidad del formulario de reserva en línea.
c) Al pulsar el botón "reservar con obligación de pago" o una formulación equivalente, el Cliente ofrece a MIRA KODA de forma vinculante la celebración del contrato.
d) La recepción de la reserva se confirma al Cliente sin demora por vía electrónica (acuse de recibo). Este acuse de recibo no constituye todavía una aceptación de la oferta.
e) El contrato solo se perfecciona con la recepción por parte del Cliente de la confirmación de reserva de MIRA KODA (declaración de aceptación) en soporte duradero.
1.4 Planificación individual del viaje ("Travel Architecture")
a) MIRA KODA ofrece conceptos de viaje diseñados de forma individual que se desarrollan junto con el Cliente en un proceso de planificación iterativo. Las ofertas e itinerarios elaborados en el marco de este proceso de planificación no constituyen reservas vinculantes mientras MIRA KODA no haya emitido una confirmación de reserva expresa.
b) Hasta dos iteraciones de planificación son gratuitas dentro del proceso de reserva. A partir de la tercera revisión sustancial del concepto de viaje a petición expresa del Cliente y tras la presentación de un plan de viaje acordado, MIRA KODA se reserva el derecho a facturar un importe a tanto alzado de 150,00 EUR (más IVA) por el trabajo de planificación. Este importe se compensa íntegramente con el precio del viaje si el contrato llega a celebrarse.
c) Si tras la conclusión del proceso de planificación (a partir de tres iteraciones) no llega a celebrarse ningún contrato, MIRA KODA tiene derecho a facturar por separado el trabajo de planificación. El Cliente es informado expresamente de ello antes del inicio de las iteraciones sujetas a pago.
1.5 Haptic Koda
a) El Haptic Koda es un álbum de fotografías físico diseñado de forma individual y constituye un componente opcional de la experiencia de viaje de MIRA KODA. Se elabora cuando el Cliente pone a disposición sus propias fotografías del viaje a través de su área personal en mirakoda.com después de su regreso. No existe obligación alguna de facilitar material fotográfico. El Haptic Koda no es un producto de compra independiente, sino un componente de la prestación global.
b) El envío del Haptic Koda se realiza por cuenta y riesgo del Cliente desde su entrega al proveedor de servicios de transporte encargado. MIRA KODA no asume responsabilidad alguna por la pérdida o el deterioro durante el transporte, pero sí responde de la correcta entrega al proveedor de servicios de transporte. En caso de pérdida o deterioro durante el envío, MIRA KODA elaborará un ejemplar de sustitución previa solicitud, siempre que los datos de imagen necesarios sigan estando disponibles.
c) Si el Cliente no facilita material fotográfico, no se elabora el Haptic Koda, sin que de ello se deriven pretensiones frente a MIRA KODA. El tratamiento de las fotografías facilitadas voluntariamente se realiza exclusivamente con la finalidad de elaborar el álbum. La política de privacidad de MIRA KODA en mirakoda.com regula los detalles.
1.6 Inexistencia de derecho de desistimiento (deber de información)
MIRA KODA advierte expresamente de que, conforme al artículo 312g, apartado 2, número 9 del BGB, no existe un derecho legal de desistimiento de 14 días para los viajes combinados ofrecidos a distancia (por ejemplo a través del sitio web mirakoda.com, por correo electrónico o por teléfono), ni para los servicios de viaje individuales con fecha fija (vuelo, alojamiento, traslado). La confirmación de reserva es vinculante para el Cliente. El desistimiento solo es posible en las condiciones previstas en el punto 4 de estas condiciones. Con carácter excepcional existe un derecho de desistimiento cuando el contrato de viaje combinado se ha celebrado fuera del establecimiento mercantil tras negociaciones verbales y dichas negociaciones no se han llevado a cabo a instancia previa del Cliente (artículo 312g, apartado 2, número 9, segundo inciso, del BGB).
1.7 Forma de las declaraciones del Cliente
Las declaraciones del Cliente a MIRA KODA en relación con este contrato, en particular el desistimiento conforme al punto 4, la cesión del contrato conforme al punto 4.7 y las solicitudes de cambio de reserva conforme al punto 5, requieren la forma textual (por ejemplo, correo electrónico o carta; no se requiere firma autógrafa). Un aviso telefónico previo no sustituye a la declaración en forma textual. Para el cómputo de los plazos es determinante la recepción de la declaración por MIRA KODA. Queda intacto el derecho legal de desistimiento en los supuestos excepcionales mencionados en la política de desistimiento de MIRA KODA, para cuyo ejercicio el artículo 355 del BGB no exige una forma determinada.
2. Garantía frente a la insolvencia (solo viajes combinados), condiciones de pago y desistimiento en caso de mora
2.1 Garantía frente a la insolvencia (exclusivamente para viajes combinados)
Al reservar un viaje combinado, el Cliente recibe junto con la confirmación de reserva el justificante de la garantía frente a la insolvencia conforme al artículo 651r del BGB (certificado de garantía del asegurador de fondos de clientes [R+V Versicherung AG, número de certificado PENDIENTE, se incorporará tras la celebración del contrato]) para todos los pagos que deban realizarse por el viaje combinado reservado.
Con el certificado de garantía, el Cliente obtiene un derecho directo frente al asegurador conforme al artículo 651r, apartado 4, del BGB. En caso de insolvencia, el Cliente puede dirigirse directamente al asegurador para obtener el reembolso de los precios de viaje ya abonados o para obtener los costes de un transporte de regreso necesario.
2.2 Condiciones de pago
Los pagos correspondientes a viajes combinados reservados se realizan del modo indicado a continuación, siempre que se disponga del certificado de garantía mencionado en el punto 2.1. Los pagos correspondientes a servicios de viaje individuales se realizan del mismo modo, sin ese requisito previo.
a) Viajes combinados
Señal del 25 % del precio del viaje tras la celebración del contrato. El pago restante vence 30 días antes del inicio del viaje.
b) Condiciones de pago distintas en caso de pagos anticipados no reembolsables a terceros prestadores
Si el viaje reservado incluye servicios concretos por los que MIRA KODA debe realizar pagos anticipados no reembolsables a terceros prestadores (en particular villas privadas, yates, chárter de jet privado o lodges exclusivos con condiciones no reembolsables), MIRA KODA puede exigir una señal más elevada y un vencimiento anticipado del pago restante respecto de la parte del precio del viaje que corresponda a dichos servicios. En tal caso, el importe y el vencimiento se determinan según el momento y la cuantía de la obligación de pago anticipado que MIRA KODA tenga frente al tercero prestador correspondiente. Para el resto de componentes del viaje siguen rigiendo las condiciones del punto 2.2 a). MIRA KODA informa expresamente al Cliente antes de la reserva sobre los componentes afectados y sobre las condiciones de pago divergentes.
c) Servicios de viaje individuales
Señal del 20 % tras la celebración del contrato. Pago restante 30 días antes del inicio del servicio individual correspondiente.
d) Primas de seguro
Las primas de los seguros de viaje contratados a través de MIRA KODA vencen íntegramente junto con la señal.
2.3 Métodos de pago
a) MIRA KODA acepta transferencia bancaria (SEPA) y pago con tarjeta de crédito (Visa, Mastercard). Todos los precios se entienden en euros (EUR). Las comisiones de transacción de las transferencias SEPA corren a cargo de MIRA KODA.
b) En caso de pago con tarjeta de crédito, el Cliente otorga en el momento de la reserva la autorización de cargo en su cuenta de tarjeta. La señal y el pago restante se cargan según sus respectivos vencimientos.
c) Las diferencias de tipo de cambio en pagos internacionales fuera de la zona euro corren a cargo del Cliente cuando MIRA KODA factura en euros y el Cliente ordena un pago en moneda extranjera.
2.4 Desistimiento en caso de mora en el pago
Si el Cliente no realiza la señal y/o el pago restante conforme a los vencimientos acordados, pese a que MIRA KODA está dispuesta y en condiciones de prestar correctamente los servicios contractuales, ha cumplido sus deberes legales de información y no existe ningún derecho de retención legal o contractual a favor del Cliente, MIRA KODA tiene derecho a resolver el contrato previo requerimiento con fijación de plazo y a cargar al Cliente los gastos de cancelación conforme al punto 4.
2.5 Revisión del precio y obligación de reducirlo (solo viajes combinados)
2.5.1 MIRA KODA tiene derecho a aumentar el precio de viaje acordado tras la celebración del contrato cuando, después de dicha celebración, hayan variado los costes de transporte (por ejemplo los costes de combustible), los tributos públicos, los impuestos o los tipos de cambio y ello suponga mayores costes para MIRA KODA (artículo 651f del BGB). Un aumento de precio solo es admisible hasta 20 días antes del inicio del viaje y únicamente hasta un máximo del 8 % del precio de viaje inicial. MIRA KODA comunicará al Cliente el aumento de precio en soporte duradero, con su motivación y su cálculo. Si el aumento supera el 8 %, el Cliente tiene derecho a resolver el contrato sin coste alguno.
2.5.2 Si los costes mencionados en el punto 2.5.1 disminuyen tras la celebración del contrato y antes del inicio del viaje, el Cliente tiene derecho a una reducción correspondiente del precio del viaje. MIRA KODA comunicará la reducción de precio sin demora en soporte duradero y reembolsará la diferencia, deducidos los gastos administrativos efectivamente ocasionados.
3. Modificaciones de los servicios
3.1 Las divergencias de características esenciales de los servicios de viaje respecto del contenido acordado del contrato que no afecten al precio del viaje, que resulten necesarias tras la celebración del contrato y que no hayan sido provocadas por MIRA KODA de forma contraria a la buena fe, solo se admiten en la medida en que las modificaciones no sean significativas y no menoscaben el carácter global del viaje. Una modificación se considera significativa cuando constituye una falta de conformidad en el sentido del artículo 651i del BGB. Son modificaciones no significativas aquellas que solo suponen molestias de escasa entidad sin alterar el carácter del viaje.
3.2 Las eventuales pretensiones de saneamiento quedan intactas en la medida en que los servicios modificados presenten defectos. Si MIRA KODA ha incurrido en menores costes para la realización del viaje modificado con la misma calidad, debe reembolsarse al Cliente la diferencia.
3.3 MIRA KODA está obligada a informar al Cliente sobre las modificaciones sustanciales de los servicios de forma clara, comprensible y destacada, en soporte duradero y sin demora desde que tenga conocimiento del motivo de la modificación.
3.4 En caso de modificación significativa de una característica esencial de un servicio de viaje o de divergencia respecto de requisitos especiales del Cliente que hayan pasado a formar parte del contrato, el Cliente tiene derecho, dentro de un plazo razonable fijado por MIRA KODA junto con la comunicación de la modificación, a aceptar la modificación, a resolver el contrato sin coste alguno o a solicitar la participación en un viaje sustitutivo si MIRA KODA ha ofrecido uno. Si el Cliente no responde a MIRA KODA o no lo hace dentro del plazo fijado, la modificación comunicada se considera aceptada.
4. Desistimiento del Cliente antes del inicio del viaje, gastos de cancelación y cesión del contrato (viajes combinados)
4.1 El Cliente puede desistir del contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje. El desistimiento debe declararse a MIRA KODA en forma textual conforme al punto 1.7.
4.2 Si el Cliente desiste antes del inicio del viaje o no lo inicia, MIRA KODA pierde el derecho al precio del viaje.
a) En su lugar, en los viajes combinados MIRA KODA puede exigir una indemnización adecuada, salvo que el desistimiento le sea imputable o salvo que en el lugar de destino o en sus inmediaciones concurran circunstancias extraordinarias que afecten de forma significativa a la ejecución de los servicios de viaje o al transporte de personas al lugar de destino. Las circunstancias son inevitables y extraordinarias cuando escapan al control de MIRA KODA y sus consecuencias no habrían podido evitarse ni siquiera adoptando todas las medidas razonables.
b) En los servicios de viaje individuales, MIRA KODA puede exigir una indemnización adecuada salvo que el desistimiento le sea imputable. Cuando se trate de varios servicios de viaje individuales, los gastos de cancelación se calculan por separado y a continuación se suman.
4.3 La indemnización a tanto alzado (gasto de cancelación) se calcula de forma uniforme conforme a la escala siguiente. Los porcentajes indicados se basan en un cálculo interno de los gastos que se ahorran por término medio en caso de desistimiento y de las posibilidades habituales en el mercado de dar otro uso al servicio de viaje correspondiente. MIRA KODA actualiza continuamente esta base de cálculo, que puede consultarse previa solicitud.
| Plazo antes del inicio del viaje | Gasto de cancelación |
|---|---|
| Más de 90 días antes del inicio del viaje | 20 % |
| A partir del día 60 antes del inicio del viaje | 35 % |
| A partir del día 30 antes del inicio del viaje | 50 % |
| A partir del día 15 antes del inicio del viaje | 70 % |
| A partir del día 7 antes del inicio del viaje | 85 % |
| A partir del día 3 antes del inicio del viaje o no presentación | 90 % |
Si el viaje reservado incluye servicios concretos por los que MIRA KODA haya realizado de forma acreditada pagos anticipados no reembolsables a terceros prestadores (en particular villas privadas, yates, chárter de jet privado o servicios no reembolsables comparables), a dichos servicios se les aplica además el punto 4.5. En tal caso MIRA KODA tiene derecho a cuantificar y reclamar, respecto del componente afectado, los costes no reembolsables efectivamente ocasionados en lugar del importe a tanto alzado anterior. Para el resto de componentes del viaje sigue rigiendo la escala anterior. Lo mismo se aplica cuando un viaje combinado comprende tanto servicios con pagos anticipados no reembolsables como servicios sin ellos. MIRA KODA informa expresamente al Cliente antes de la reserva sobre qué componentes están sujetos a tales condiciones no reembolsables y, en caso de desistimiento, detallará por separado los costes no reembolsables de terceros prestadores efectivamente ocasionados.
4.4 La cuantía de la indemnización se determina por el precio del viaje menos el valor de los gastos ahorrados por MIRA KODA y menos lo que MIRA KODA obtenga por un uso alternativo de los servicios de viaje. En todo caso, el Cliente puede acreditar que la indemnización adecuada que corresponde al organizador es sustancialmente inferior a la indemnización a tanto alzado exigida.
4.5 MIRA KODA se reserva el derecho a exigir, en lugar de las indemnizaciones a tanto alzado anteriores, una indemnización superior calculada de forma individual, siempre que acredite que ha soportado gastos sustancialmente superiores a la indemnización a tanto alzado aplicable en cada caso. En tal supuesto MIRA KODA está obligada a cuantificar y motivar de forma concreta la indemnización exigida, teniendo en cuenta los gastos ahorrados.
4.6 Cuando MIRA KODA esté obligada a reembolsar el precio del viaje como consecuencia de un desistimiento, deberá hacerlo sin demora y, en todo caso, dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la declaración de desistimiento. Si la indemnización debida conforme a los puntos 4.3 o 4.5 supera los pagos ya realizados por el Cliente hasta el momento del desistimiento, MIRA KODA facturará al Cliente la diferencia por separado junto con la liquidación de cancelación. Esta diferencia vence con la misma inmediatez que un reembolso por parte de MIRA KODA.
4.7 El derecho legal del Cliente (exclusivamente en viajes combinados) a exigir, mediante comunicación en soporte duradero, que un tercero se subrogue en su lugar en los derechos y obligaciones derivados del contrato queda intacto pese a las condiciones anteriores. Tal declaración es en todo caso tempestiva si llega a MIRA KODA 7 días antes del inicio del viaje.
5. Cambios de reserva
5.1 Tras la celebración del contrato, el Cliente no tiene derecho a modificaciones relativas a la fecha del viaje, el destino, el lugar de salida, el alojamiento o el medio de transporte (cambio de reserva). Ello no se aplica cuando el cambio de reserva resulta necesario porque MIRA KODA no facilitó información precontractual o la facilitó de forma insuficiente o incorrecta. En tal caso el cambio de reserva es posible sin coste alguno.
5.2 Las solicitudes de cambio de reserva del Cliente, en la medida en que sea posible atenderlas, solo pueden llevarse a cabo previo desistimiento del contrato conforme al punto 4 y en las condiciones allí previstas, con una nueva inscripción simultánea. Ello no se aplica a las solicitudes de cambio que solo generan costes de escasa entidad.
5.3 Por las modificaciones del plan de viaje realizadas a petición expresa del Cliente tras la confirmación del plan de viaje definitivo (por ejemplo cambio de hotel, desplazamiento de fechas, incorporación o supresión de servicios), MIRA KODA tiene derecho a cobrar una tasa de gestión de 75,00 EUR (más IVA) por cada modificación, siempre que la modificación conlleve costes con terceros prestadores. El Cliente es informado por separado sobre los eventuales costes adicionales de los terceros prestadores.
6. Servicios no utilizados
Si el viajero no hace uso de determinados servicios de viaje o, en caso de regreso anticipado, de la totalidad de los servicios de viaje aún no disfrutados a partir de ese momento, que MIRA KODA estaba dispuesta y en condiciones de prestar conforme al contrato, por motivos que le sean imputables, no tiene derecho al reembolso proporcional del precio del viaje, salvo que tales motivos le hubieran facultado, conforme a las disposiciones legales, para desistir del contrato o resolverlo sin coste alguno. MIRA KODA procurará obtener de los prestadores de servicios el reembolso de los gastos ahorrados. Esta obligación decae cuando se trate de servicios totalmente insignificantes. El deber de asistencia de MIRA KODA conforme al punto 9a no se ve afectado por lo anterior y subsiste con independencia de cualquier derecho de reembolso.
7. Desistimiento por no alcanzarse el número mínimo de participantes
En la medida en que MIRA KODA haya indicado el número mínimo de participantes y el momento correspondiente (plazo de desistimiento de 30 días antes del inicio del viaje) en la información precontractual respectiva y en la confirmación de reserva, se reserva el derecho a desistir del contrato por no alcanzarse el número mínimo de participantes. Si ya en un momento anterior resulta evidente que no podrá alcanzarse el número mínimo de participantes, MIRA KODA debe ejercer sin demora su derecho de desistimiento. Si el viaje no se realiza por este motivo, MIRA KODA debe reembolsar los pagos efectuados por el Cliente sin demora y, en todo caso, dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la declaración de desistimiento.
8. Resolución por motivos de conducta
MIRA KODA puede resolver el contrato sin preaviso cuando el viajero, pese a una advertencia de MIRA KODA, perturbe de forma persistente el viaje o cuando se comporte de manera contraria al contrato en tal medida que se justifique la cancelación inmediata del mismo. Ello no se aplica cuando el comportamiento contrario al contrato tenga su causa en el incumplimiento de deberes de información por parte de MIRA KODA. Si MIRA KODA resuelve el contrato, conserva el derecho al precio del viaje. No obstante, MIRA KODA debe imputarse el valor de los gastos ahorrados y las ventajas que obtenga de un uso alternativo del servicio no utilizado.
9. Deberes de colaboración del viajero
9.1 Comunicación de defectos y solicitud de subsanación
Si el viaje no se presta libre de defectos, el viajero puede exigir su subsanación. En la medida en que MIRA KODA no haya podido subsanar el defecto por una omisión culpable de la comunicación del mismo, el viajero no puede reclamar ni la reducción del precio ni una indemnización de daños. El viajero está obligado a poner los defectos en conocimiento de la persona de contacto designada por MIRA KODA en el lugar de destino sin demora. Si no existe persona de contacto en el lugar de destino y esta tampoco se debe contractualmente, los eventuales defectos deben comunicarse directamente a MIRA KODA en la dirección de contacto indicada en la confirmación de reserva. La persona de contacto tiene el encargo de procurar la subsanación siempre que sea posible. Sin embargo, no está facultada para reconocer pretensiones.
9.2 Fijación de plazo antes de la resolución
Si un viajero desea resolver el contrato por un defecto significativo, debe fijar previamente a MIRA KODA un plazo razonable para la subsanación. Ello no se aplica cuando MIRA KODA rechace la subsanación o cuando la subsanación inmediata sea necesaria.
9.3 Daños y retrasos en el equipaje
Se advierte al viajero de que la pérdida, el deterioro y el retraso del equipaje en relación con viajes aéreos deben comunicarse a la compañía aérea competente sin demora y en el propio aeropuerto mediante un parte de daños ("P.I.R."), conforme a la normativa de transporte aéreo. El parte de daños debe presentarse dentro de los 7 días siguientes en caso de deterioro del equipaje y dentro de los 21 días siguientes a la entrega en caso de retraso. Adicionalmente, la pérdida, el deterioro o el extravío del equipaje deben comunicarse sin demora a MIRA KODA.
9.4 Documentación de viaje
El Cliente debe informar a MIRA KODA si no recibe la documentación de viaje necesaria dentro del plazo comunicado por MIRA KODA.
9.5 Resolución por defecto significativo con transporte de regreso y alojamiento (artículo 651l del BGB, solo viajes combinados)
Si el viajero resuelve válidamente el contrato por un defecto significativo, MIRA KODA pierde el derecho al precio del viaje respecto de los servicios ya no prestados. Si el viaje combinado comprende el transporte del viajero y este se encuentra ya en el lugar de salida o en otro lugar acordado, MIRA KODA está obligada a organizar sin demora el transporte de regreso del viajero en un medio de transporte equivalente y sin costes adicionales para él. Si el transporte de regreso no es posible de inmediato por circunstancias inevitables y extraordinarias, se aplica en consecuencia el punto 9a.3.
9a. Deber de asistencia (artículo 651q del BGB, solo viajes combinados)
9a.1 Conforme al artículo 651q del BGB, MIRA KODA está obligada a prestar asistencia al viajero sin demora cuando este se encuentre en dificultades. El deber de asistencia comprende en particular la facilitación de información útil sobre servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular, la ayuda para establecer comunicaciones y el apoyo en la búsqueda de servicios de viaje alternativos.
9a.2 Si el viajero no ha causado él mismo las dificultades, MIRA KODA soporta los costes de la asistencia. Si el viajero las ha causado él mismo, MIRA KODA puede facturar por la asistencia prestada unos costes razonables que no podrán superar el gasto efectivo.
9a.3 Si el transporte de regreso no es posible por circunstancias inevitables y extraordinarias, MIRA KODA se ocupa del alojamiento necesario del viajero durante un máximo de tres noches, con un límite de 100,00 EUR por persona y noche. Esta limitación de costes no se aplica a personas con movilidad reducida, mujeres embarazadas, menores no acompañados ni personas con necesidades médicas especiales (artículo 651k, apartado 4, del BGB).
10. Limitación de la responsabilidad
10.1 La responsabilidad contractual de MIRA KODA por daños que no sean daños personales y que no hayan sido causados de forma culpable se limita al doble del precio del viaje (artículo 651p del BGB). Las pretensiones que puedan ir más allá en virtud de convenios internacionales o de normas legales basadas en ellos quedan intactas pese a esta limitación.
10.2 Como organizador de viajes, MIRA KODA responde frente al viajero de la culpa de todos los prestadores de servicios externos que intervienen en la ejecución del viaje combinado (por ejemplo hoteles, compañías aéreas, proveedores de traslados, guías locales, proveedores de excursiones), siempre que dichos servicios formen parte del viaje combinado reservado. Ello se aplica a todos los componentes del paquete reservado, y MIRA KODA no intermedia servicios de viaje para que el viajero los reserve de forma independiente. MIRA KODA responde además en todo caso cuando y en la medida en que el incumplimiento de sus deberes de advertencia, información u organización haya sido causa de un daño para el viajero.
10.3 MIRA KODA no responde de los daños causados por fuerza mayor en el sentido de las circunstancias inevitables y extraordinarias conforme a la definición del punto 4.2 a). Se consideran fuerza mayor en particular las catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas, tormentas), los sucesos epidémicos o pandémicos, los actos de guerra y guerra civil, el terrorismo, los disturbios políticos, las órdenes administrativas o prohibiciones de entrada, así como las huelgas y medidas de conflicto laboral de terceros. Los casos de enfermedad personal del Cliente no se consideran fuerza mayor en el sentido de esta cláusula.
10.4 En caso de fuerza mayor, MIRA KODA tiene derecho a modificar el viaje o, como último recurso, a desistir de él. El desistimiento debe declararse sin demora tras tener conocimiento del motivo del desistimiento. En tal caso MIRA KODA reembolsa los pagos ya realizados por el Cliente en el plazo de 14 días. Quedan excluidas en estos supuestos otras pretensiones indemnizatorias del Cliente.
10.5 Las limitaciones de responsabilidad no se aplican en caso de dolo o negligencia grave de MIRA KODA, ni a los daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
10.6 En los servicios de vuelo, las pretensiones del viajero frente a la compañía aérea encargada de efectuar el vuelo conforme al Reglamento (CE) n.º 261/2004 (Reglamento sobre derechos de los pasajeros aéreos), en particular en caso de retraso, cancelación o denegación de embarque, quedan intactas pese a las disposiciones anteriores y deben reclamarse directamente a la compañía aérea. Ello rige con independencia de las eventuales pretensiones de derecho de viajes frente a MIRA KODA.
10.7 Determinados prestadores de servicios (por ejemplo, proveedores de safaris, deportes acuáticos u otras actividades) pueden establecer sobre el terreno sus propias condiciones de participación, seguridad o conducta, a las que el Cliente debe prestar su conformidad por separado in situ. Dichas condiciones se aplican de forma adicional a estas condiciones generales, en la medida en que se refieran exclusivamente al desarrollo seguro y correcto de la actividad correspondiente in situ. No pueden restringir ni los derechos del Cliente derivados del contrato de viaje combinado con MIRA KODA ni la responsabilidad de MIRA KODA como organizador del viaje conforme a los puntos 10.1 a 10.5. Si el Cliente se niega in situ a aceptar las condiciones de participación razonables y habituales en el sector de un prestador de servicios, podrá decaer la participación en el servicio individual correspondiente. En tal caso se aplica el punto 6 en consecuencia.
11. Propiedad intelectual y confidencialidad
11.1 Los itinerarios individuales, planes de viaje, conceptos y recomendaciones elaborados por MIRA KODA ("dossiers de viaje") son propiedad intelectual de MIRA KODA. Están destinados exclusivamente al Cliente que realiza la reserva y no pueden copiarse, transmitirse ni revenderse, ni utilizarse para reservas directas con terceros prestadores eludiendo a MIRA KODA.
11.2 MIRA KODA trata de forma confidencial toda la información del Cliente (en particular itinerarios, detalles de la reserva, preferencias personales y hábitos de viaje) y no la comunica a terceros salvo que ello sea necesario para la ejecución del viaje (por ejemplo su comunicación a hoteles, compañías aéreas o guías).
11.3 MIRA KODA tiene derecho a utilizar información general sobre los viajes realizados (por ejemplo destinos, tipo de viaje) con fines estadísticos y de marketing, siempre que no sea posible extraer conclusiones sobre el Cliente concreto.
12. Derechos de imagen
12.1 MIRA KODA tiene derecho a utilizar con fines de marketing el material fotográfico y de vídeo realizado por ella misma durante los viajes efectuados.
12.2 Cuando el Cliente ponga a disposición de MIRA KODA fotografías o material de vídeo de su viaje o autorice su uso con fines de marketing (por ejemplo sitio web, redes sociales, materiales impresos), ello se realiza sobre la base de un consentimiento expreso del Cliente recabado por separado conforme al artículo 6, apartado 1, letra a, del RGPD. Queda excluido cualquier uso sin este consentimiento.
12.3 A petición del Cliente, sus imágenes y datos no se publican. Esta petición debe comunicarse por escrito en el momento de la reserva o, a más tardar, al enviar el material.
13. Ejercicio de reclamaciones y resolución de litigios de consumo
13.1 El viajero debe dirigir sus reclamaciones frente a MIRA KODA directamente a MIRA KODA. Se recomienda hacerlo en soporte duradero (por ejemplo por correo electrónico).
13.2 MIRA KODA no está obligada a participar en procedimientos de resolución de litigios ante una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y no participa voluntariamente en tales procedimientos. En caso de litigio, el Cliente puede acudir a la vía judicial ordinaria.
14. Normativa sobre pasaportes, visados y sanidad (solo viajes combinados)
14.1 Únicamente en los viajes combinados, MIRA KODA informará al Cliente antes de la celebración del contrato sobre los requisitos generales de pasaporte y visado y sobre las formalidades sanitarias del país de destino, incluidos los plazos aproximados para la obtención de los visados que en su caso resulten necesarios. Esta información se facilita según el leal saber y entender de MIRA KODA y sobre la base de la información disponible en el momento de darla.
14.2 El Cliente es responsable de obtener y llevar consigo la documentación de viaje exigida por las autoridades, de las eventuales vacunaciones y del cumplimiento de la normativa aduanera y de divisas. Los perjuicios derivados del incumplimiento de esta normativa (por ejemplo el pago de gastos de cancelación o la denegación de entrada) corren a su cargo. Ello no se aplica cuando MIRA KODA no haya informado o haya informado de forma insuficiente o incorrecta.
14.3 MIRA KODA no responde de la expedición y recepción tempestivas de los visados necesarios por parte de la representación diplomática correspondiente cuando el Cliente haya encargado su gestión a MIRA KODA, salvo que MIRA KODA haya incumplido de forma culpable sus propios deberes.
14.4 Se advierte al Cliente de que la normativa de entrada y sanitaria puede sufrir modificaciones. MIRA KODA recomienda informarse de nuevo sobre las disposiciones vigentes poco antes de la salida ante el consulado o la embajada competente del país de destino.
14.5 MIRA KODA informa al Cliente antes de la celebración del contrato, en la medida en que ello sea conocido y relevante, sobre si el viaje reservado es adecuado para personas con movilidad reducida o con necesidades especiales. Se ruega a los Clientes con movilidad reducida o con requisitos de salud especiales que los comuniquen expresamente en el momento de la reserva, de modo que MIRA KODA pueda comprobar la idoneidad del viaje y, en su caso, advertir de las limitaciones (artículo 250, sección 1, apartado 1, número 1, de la Ley de Introducción al Código Civil alemán, EGBGB).
15. Seguros de viaje
15.1 MIRA KODA recomienda expresamente a todos los Clientes la contratación de un seguro de viaje completo, en particular un seguro de gastos de cancelación e interrupción del viaje, así como un seguro que cubra los costes de repatriación en caso de accidente o enfermedad. Salvo indicación expresa en contrario, los precios de viaje de MIRA KODA no incluyen ningún seguro de viaje.
15.2 A petición del Cliente, MIRA KODA puede intermediar ofertas de seguro adecuadas. En tal caso se trata de una mera prestación de intermediación. El contrato de seguro se celebra exclusivamente entre el Cliente y la aseguradora indicada. Las reclamaciones solo pueden dirigirse directamente a la aseguradora.
15.3 Si el Cliente renuncia expresamente a contratar un seguro de viaje, MIRA KODA lo documenta. En tal caso MIRA KODA no responde de los daños que habrían estado cubiertos por el seguro correspondiente.
16. Protección de datos
16.1 Los datos personales que el Cliente facilita a MIRA KODA se tratan y utilizan por medios electrónicos en la medida necesaria para la constitución, ejecución o extinción del contrato de viaje y para la atención al cliente. En la recogida, el tratamiento y el uso de datos personales, MIRA KODA cumple las disposiciones del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos).
16.2 Las categorías especiales de datos personales conforme al artículo 9 del RGPD (en particular datos de salud e información sobre alergias o limitaciones necesarias para la ejecución del viaje) se tratan exclusivamente sobre la base de un consentimiento expreso recabado por separado al Cliente.
16.3 Para la ejecución del viaje, MIRA KODA está facultada para comunicar los datos necesarios del Cliente (por ejemplo nombre, número de pasaporte, fecha de nacimiento, datos de contacto) a los prestadores de servicios que participan en el programa de viaje (hoteles, compañías aéreas, prestadores locales), en la medida en que ello sea necesario para la prestación de los servicios.
16.4 La información completa sobre el tratamiento de datos figura en la política de privacidad de MIRA KODA en mirakoda.com. Se ruega al Cliente que la lea antes de la reserva.
16.5 Dado que MIRA KODA está especializada en viajes individuales a destinos de largo radio, puede resultar necesaria una transferencia de datos personales a prestadores de servicios (hoteles, guías locales, empresas de traslados) fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo. En la medida de lo posible, tal transferencia se realiza sobre la base de una decisión de adecuación de la Comisión Europea o de garantías adecuadas como las cláusulas contractuales tipo de la UE. Si para el país de destino no existe ni una decisión de adecuación ni otra garantía adecuada, MIRA KODA se apoya en la excepción del artículo 49, apartado 1, letra b, del RGPD, según la cual la transferencia es necesaria para la ejecución del contrato de viaje celebrado con el Cliente. La política de privacidad de MIRA KODA en mirakoda.com regula los detalles.
16.6 Si el Cliente facilita a MIRA KODA, conforme al punto 1.1 e), datos de contacto de emergencia de una persona designada por los viajeros para su comunicación a la compañía aérea operadora, MIRA KODA trata estos datos sobre la base del interés legítimo en una comunicación de emergencia operativa durante el viaje aéreo (artículo 6, apartado 1, letra f, del RGPD). La comunicación a la compañía aérea se realiza exclusivamente con esta finalidad.
17. Prescripción
Las pretensiones del viajero por falta de conformidad del viaje prescriben a los dos años conforme al artículo 651j del BGB. El plazo de prescripción comienza el día en que el viaje debía finalizar según el contrato. El resto de pretensiones contractuales prescriben conforme a las reglas generales de prescripción del BGB.
18. Derecho aplicable y fuero competente
18.1 A todas las relaciones jurídicas entre el Cliente y MIRA KODA se aplica el derecho alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
18.2 El fuero competente para todos los litigios derivados de la relación contractual es Núremberg, en la medida en que ello sea legalmente admisible. En el caso de consumidores con domicilio en la Unión Europea, quedan intactas las disposiciones imperativas de protección de los consumidores del país de residencia del Cliente.
18.3 Estas Condiciones Generales de Viaje están redactadas en lengua alemana. En caso de traducción a otros idiomas, prevalece la versión alemana.
19. Parte contratante
MIRA KODA UG (haftungsbeschränkt)
Äußere Bayreuther Straße 57-59
90409 Núremberg, Alemania
Correo electrónico: [email protected]
Web: mirakoda.com
Teléfono: +49 911 47847464
Registro Mercantil: Juzgado de Primera Instancia de Núremberg (Amtsgericht Nürnberg)
Número de registro mercantil: [PENDIENTE: incorporar tras la inscripción]
Administración: Klaus Felmet
Versión del 31 de agosto de 2026